Decreto de la Penitenciaría apostólica

Las indulgencias plenarias por los difuntos extendidas a todo el mes de noviembre

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23 octubre 2020

Decreto


Este año, en las circunstancias actuales
debidas a la pandemia de "covid-19",
las indulgencias plenarias para los fieles fallecidos
se prorrogarán durante todo el mes de noviembre,
con la adecuación de las obras y condiciones
para garantizar la seguridad de los fieles.

Esta Penitenciaría Apostólica ha recibido muchas peticiones de los sagrados pastores solicitando que este año, a causa de la epidemia de "covid-19", se conmutaran las obras piadosas para obtener las indulgencias plenarias aplicables a las almas del purgatorio, según el Manual de Indulgencias (conc. 29, § 1). Por este motivo la Penitenciaría Apostólica, por mandato especial de Su Santidad el Papa Francisco, establece de muy buen grado y decide que este año, para evitar las aglomeraciones donde están prohibidas:

a.- La indulgencia plenaria para los que visiten un cementerio y recen por los difuntos aunque sólo sea mentalmente, establecida por regla general sólo en días concretos del 1 al 8 de noviembre, podrá ser trasladada a otros días del mismo mes hasta que acabe. Estos días, elegidos libremente por los fieles, también pueden ser independientes entre sí.

b- la indulgencia plenaria del 2 de noviembre, establecida con ocasión de la conmemoración de Todos los Fieles Difuntos para los que visiten piadosamente una iglesia u oratorio y reciten allí el "Padre Nuestro" y el "Credo", puede ser transferida no sólo al domingo anterior o posterior o al día de la solemnidad de Todos los Santos, sino también a otro día del mes de noviembre, libremente elegido por cada uno de los fieles.

Los ancianos, los enfermos y todos aquellos que por motivos graves no puedan salir de casa, por ejemplo a causa de las restricciones impuestas por la autoridad competente para el tiempo de la pandemia, con el fin de evitar que numerosos fieles se aglomeren en los lugares sagrados, podrán obtener la indulgencia plenaria siempre que se unan espiritualmente a todos los demás fieles, completamente desapegados del pecado y con la intención de cumplir cuanto antes las tres condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración según las intenciones del Santo Padre), ante una imagen de Jesús o de la Santísima Virgen María, recen oraciones piadosas por los difuntos, por ejemplo, laudes y vísperas del Oficio de Difuntos, el rosario mariano, la corona de la Divina Misericordia, otras oraciones por los difuntos más apreciadas por los fieles, o se dediquen a la lectura meditada de alguno de los pasajes del Evangelio propuestos por la liturgia de los difuntos, o realicen una obra de misericordia ofreciendo a Dios los dolores y las dificultades de su propia vida.

Para facilitar la obtención de la gracia divina por medio de la caridad pastoral, esta Penitenciaría ruega encarecidamente a todos los sacerdotes con facultades adecuadas que se ofrezcan con particular generosidad a la celebración del sacramento de la Penitencia y administren la santa comunión a los enfermos.

Sin embargo, en lo que respecta a las condiciones espirituales para la plena consecución de la indulgencia, se recuerda que hay que recurrir a las indicaciones ya emanadas en la nota "Sobre el sacramento de la penitencia en la actual situación de pandemia", emitida por esta Penitenciaría Apostólica el 19 de marzo de 2020.

Por último, puesto que las almas del Purgatorio son ayudadas por los sufragios de los fieles y especialmente por el sacrificio del altar agradable a Dios (cf. Conc. Tr. Sess. XXV, Decr. De Purgatorio), se invita encarecidamente a todos los sacerdotes a celebrar tres veces la santa misa el día de la Conmemoración de Todos los fieles Difuntos, de acuerdo con la Constitución Apostólica "Incruentum Altaris", promulgada por el Papa Benedicto XV, de venerada memoria, el 10 de agosto de 1915.

Este decreto es válido para todo el mes de noviembre. No obstante cualquier disposición en contrario.

Dado en Roma, desde la sede de la Penitenciaría Apostólica, el 22 de octubre de 2020, memoria de San Juan Pablo II.

De MAURUS.  Card. PIACENZA
Paenitentiarius Maior

CHRISTOPHORUS NYKIEL
Regens


Un gesto de proximidad en tiempo de pandemia


Este año, a causa de la pandemia de covid-19, los fieles tienen la posibilidad de obtener indulgencias plenarias para los difuntos durante todo el mes de noviembre y no solo entre los días 1 y 8, como es tradición. Lo explica el regente de la Penitenciaría apostólica, monseñor Krzys-ztof Ny-kiel, en esta entrevista con «L’Osservatore Romano».

¿Qué establece el nuevo decreto?

Básicamente, el decreto de la Penitenciaría apostólica modifica las modalidades previstas para el logro de la indulgencia plenaria para las almas del Purgatorio, para el próximo mes de noviembre, mes tradicionalmente dedicado al culto de los santos y a la oración por los hermanos difuntos. Normalmente, de hecho, la indulgencia plenaria para los difuntos se concede a los fieles que, en los días de la octava del 1 al 8 de noviembre, van al cementerio y rezan por los difuntos, o a los que, el día de la Conmemoración de los difuntos, visitan una iglesia o rezan allí un Padre Nuestro y un Credo. Sin embargo, se es muy consciente de la difusión del covid-19 en tantas zonas del mundo y de la necesidad de adoptar medidas apropiadas para evitar la propagación del contagio, evitando en primer lugar las reuniones masivas de personas. Precisamente para garantizar la seguridad de los fieles que en los próximos días tienen la intención de ir a los cementerios a rezar en las tumbas de sus seres queridos, este año la Penitenciaría ha querido extender el tenor de estas concesiones a todo el mes de noviembre, para que los fieles puedan llevar a cabo las obras pías previstas ya no solo entre el 1 y el 8 de noviembre o el 2 de noviembre, sino en un día de su elección en ese mes. Se concede por mandato del Papa Francisco y en respuesta a las peticiones recibidas de varias Conferencias Episcopales.

¿Puede recordarnos qué es la indulgencia y cómo se consigue?

La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados ya perdonados en cuanto a la culpa. Puede ser parcial o plenaria, dependiendo de si libera a uno o a todos de una pena temporal. Todo creyente puede obtener indulgencias para sí mismo o aplicarlas a los difuntos por medio del sufragio. Para obtener la indulgencia plenaria, los fieles, con el ánimo desapegado de cualquier pecado, deben realizar la obra de la indulgencia y cumplir las tres condiciones de la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración según las intenciones del Papa. La indulgencia es el testimonio concreto de cómo el amor de Dios es verdaderamente más grande que todo el pecado y que donde llega la misericordia divina todo renace, todo se renueva, todo se cura.

El nuevo decreto no es la única medida implementada por la Penitenciaría en esta época de pandemia. ¿Qué otras iniciativas ha tomado ya?

La Penitenciaría Apostólica es el tribunal de la Curia Romana, llamado “Tribunal de la Misericordia”, que se encarga de los asuntos relacionados con el foro interno y la concesión de indulgencias. El 19 de marzo pasado publicó dos documentos, que han tenido amplia resonancia, para aclarar algunos aspectos relacionados con los asuntos de su jurisdicción en relación con la propagación mundial del coronavirus. A través de la Nota sobre el sacramento de la reconciliación en la actual situación de pandemia, identificó la propagación del contagio como uno de los casos de grave necesidad contemplados por el Código de Derecho Canónico para autorizar la concesión de la absolución colectiva a los fieles (cf. c. 961 § 1), dejando al discernimiento de cada uno de los Ordinarios la determinación de las modalidades concretas de la celebración del sacramento y reafirmando con fuerza, también y sobre todo en este tiempo de grave sufrimiento, la necesidad de acercarse al sacramento de la reconciliación. Con un decreto especial también se ha concedido el don de la indulgencia a los fieles que sufren la enfermedad, así como a los trabajadores de la salud, a los familiares y a todos aquellos que, por cualquier razón -incluso a través de la oración- se ocupan de ellos. La Iglesia, por lo tanto, es muy consciente de los sufrimientos infligidos por la covid-19 y, al tomar sobre sí la misma cruz de su Señor y Maestro, está cerca de aquellos que están en aflicción tanto espiritual como material.

de Nicola Gori