Se ha publicado la Constitución Apostólica “In Ecclesiarum Communione”, que sustituye a la “Ecclesia in Urbe” de Juan Pablo ii de 1988. El Papa, como Obispo de Roma, estará más presente en las decisiones del Vicariato. Una mayor colegialidad y una mayor presencia del Papa, como obispo de Roma, en todas las decisiones pastorales, administrativas y económicas importantes de la diócesis de Roma. Se crearon nuevos organismos para supervisar las finanzas y los abusos, y el mandato del personal directivo se fijó en cinco años, prorrogables sólo por otros cinco. Todas ellas son novedades introducidas en la In Ecclesiarum Communione, la nueva constitución apostólica publicada hoy que deroga la anterior Ecclesia in Urbe de 1988 de Juan Pablo ii y reorganiza el ordenamiento del Vicariato.
En vigor a partir del próximo 31 de enero de 2023, la Constitución se abre con un largo proemio en el que Francisco traza una profunda reflexión sobre su diócesis, Roma, de la que recuerda la importancia desde el punto de vista eclesial, pero también las dificultades de las personas que viven en ella y las actividades en favor de los grupos sociales más frágiles. La segunda parte, en cambio, enumera los 45 artículos que toman prestados gran parte de los de la Constitución anterior, al tiempo que introducen varios aspectos nuevos. Empezando por la figura del Cardenal Vicario, definido “auxiliar” por primera vez, y el papel más destacado del Consejo Episcopal.
La reforma, que sigue la línea de la Praedicate Evangelium, tiene un objetivo preciso: devolver “el impulso evangelizador y sinodal” al Vicariato de Roma, para que, escribe el Papa Francisco, sea “un lugar ejemplar de comunión, diálogo y proximidad, acogedor y transparente al servicio de la renovación y del crecimiento pastoral de la diócesis de Roma”. En el texto, el Pontífice reitera que “la Iglesia pierde su credibilidad cuando se llena de lo que no es esencial para su misión o, peor aún, cuando sus miembros, a veces incluso los investidos de autoridad ministerial, son fuente de escándalo con su comportamiento infiel al Evangelio”. De hecho, Francisco enumera “algunos de los compromisos más graves y urgentes” que requieren la acción pastoral del Vicariato. Entre ellas, la vigilancia sobre la gestión económica “para que sea prudente y responsable” y “realizada en coherencia con el fin que justifica la posesión de bienes por parte de la Iglesia”.
Al exponer los 45 artículos de la Constitución, el Papa se detiene en las figuras superiores del Vicariato: el Cardenal Vicario, el Vicegerente y los Obispos Auxiliares. Todos, escribe, “son nombrados por mí por tiempo indefinido y cesan en su cargo por decreto mío”. El vicario -como ya establecía la Ecclesia in Urbe- sigue ejerciendo “el ministerio episcopal de magisterio, santificación y gobierno pastoral para la diócesis de Roma con potestad vicaria ordinaria” en los términos establecidos por el Papa. El Cardenal Vicario -escribe- “no emprenderá iniciativas importantes o que excedan de la administración ordinaria sin informarme previamente”.
En la In Ecclesiarum Communione se refuerza el papel del Consejo Episcopal, que se convierte en el “órgano primario de la Sinodalidad” y “el lugar cúspide para el discernimiento y las decisiones pastorales y administrativas”. Será el Papa quien la presida cuando se reúna al menos tres veces al mes: “El orden del día de cada reunión debe enviárseme lo antes posible”, estipula Francisco. Del mismo modo, “de las reuniones del Consejo Episcopal se levantan actas por el obispo auxiliar que actúa como secretario, designado al comienzo del Consejo, que deben enviarme y conservarse en una sección especial del archivo general diocesano”. “El Cardenal Vicario -continúa el Papa-, en su función de coordinación de la pastoral diocesana, actúa siempre en comunión con el Consejo de los Obispos, por lo que se apartará de su parecer concurrente sólo después de haber evaluado la cuestión conmigo”. El consejo Episcopal también tendrá que dar su consentimiento al nombramiento de capellanes, rectores de iglesias y responsables de servicios pastorales.
También deberá ser aprobado por el Papa el reglamento del Consejo Diocesano de Asuntos Económicos, organismo que asiste al Pontífice en la administración económica de la diócesis, indicando además “criterios de transparencia en la gestión de los fondos”.
En la misma línea, en el Vicariato de Roma se establece una Comisión Independiente de Supervisión como órgano de control interno con un reglamento propio aprobado por el Papa.
Nuevas -y muy detalladas- normas se aplican también al procedimiento de elección de los nuevos párrocos, cuyas “características espirituales, psicológicas, intelectuales, pastorales y experiencia en el servicio anterior, si la hubiere, también deberán ser evaluadas”. “El cardenal vicario, concluido el procedimiento -afirma el Papa-, me presentará los candidatos al oficio de párroco para su eventual nombramiento, y nombrará a los vicepárrocos”. Se ha creado, además, el Servicio de Protección de Menores y Personas Vulnerables en el organigrama general.
También hoy, el Papa ha nombrado a uno de los obispos auxiliares, monseñor Baldassare Reina, nuevo Vicegerente de la diócesis de Roma.
Salvatore Cernuzio